Visa para menores de edad
Los menores de edad también deben tramitar su propio DS-160 y pagar su propia tarifa consular. En la mayoría de los casos, los menores más pequeños pueden no requerir presencia obligatoria en la entrevista, pero esto depende de la política vigente de la sede consular.
Permiso de salida del país
Además de la visa, Colombia exige que los menores de edad cuenten con el permiso de salida del país correspondiente cuando no viajan con ambos padres, conforme a la normativa migratoria colombiana vigente. Es un trámite independiente del proceso de visa y debe gestionarse con anticipación.
El permiso de salida del país es un requisito migratorio colombiano, no del consulado extranjero. Revisa este trámite con tiempo, especialmente si el menor viaja con un solo padre o con un tercero.
Documentos adicionales recomendados
- Registro civil de nacimiento del menor.
- Autorización notarial o consular si viaja sin uno o ambos padres.
- Soportes de vínculo con el padre o adulto que lo acompaña en el viaje.
- ¿Un bebé necesita visa propia?
- Sí, todo viajero, sin importar la edad, necesita su propia visa vigente para ingresar a Estados Unidos.
- ¿El permiso de salida del país aplica siempre?
- Aplica quiere confirmarse según la situación específica del menor y con quién viaja. Es recomendable verificarlo con la autoridad migratoria colombiana competente antes del viaje.